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El Banco de México informa de medidas adicionales

Cicuta News - Internacional - 21/04/2020

El Banco de México dio a conocer medidas adicionales para promover un comportamiento ordenado de los mercados financieros, fortalecer los canales de otorgamiento de crédito y proveer liquidez para el sano desarrollo del sistema financiero


Se prevé que nueve de las diez medidas adoptadas estén en vigor hasta el 30 de septiembre. La vigencia de la posibilidad de concertar operaciones de cobertura cambiaria en los horarios en los que los mercados nacionales están cerrados será determinada por la Comisión de Cambios.

Medidas adicionales para promover un comportamiento ordenado de los mercados financieros, fortalecer los canales de otorgamiento de crédito y proveer liquidez para el sano desarrollo del sistema financiero La pandemia del COVID-19 y sus potenciales implicaciones negativas para la actividad económica global, aunadas a la abrupta caída de los precios del petróleo, han incidido negativamente sobre el comportamiento de los mercados financieros de nuestro país.


Los mercados cambiarios y de renta fija continúan mostrando poca profundidad, menor liquidez y un deterioro de las condiciones de operación. En este entorno, en las últimas semanas las autoridades financieras han tomado diversas medidas para promover un mejor funcionamiento de estos mercados.


El día de hoy, la Junta de Gobierno del Banco de México aprobó medidas adicionales orientadas a proveer liquidez para mejorar el funcionamiento de los mercados internos; fortalecer los canales de otorgamiento de crédito en la economía; y promover el comportamiento ordenado de los mercados de deuda y de cambios de nuestro país.


Lo anterior, a fin de reducir la posibilidad de que las instituciones de crédito tengan un comportamiento pro-cíclico, y de crear las condiciones que faciliten que los intermediarios financieros puedan cumplir su función prioritaria de proveer financiamiento a la economía, para que a su vez este pueda destinarse a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a los hogares que han visto una reducción transitoria de sus fuentes de ingreso.

En su conjunto, las acciones aprobadas apoyan el funcionamiento del sistema financiero hasta por 750 mil millones de pesos. Al sumarse a lo ya implementado, el total es equivalente al 3.3% del PIB de 2019. Estas medidas adicionales comprenden aquellas operaciones que la Ley del Banco de México le faculta realizar, bajo las condiciones que la misma ley prevé, en particular, aquellas de carácter extraordinario para evitar trastornos en los sistemas de pagos que las circunstancias antes señaladas podrían ocasionar.


1. Incremento de la liquidez durante los horarios de operación para facilitar el óptimo funcionamiento de los mercados financieros y los sistemas de pagos. Con el objetivo de promover un comportamiento ordenado del mercado de dinero en nuestro país, el Banco de México ha mantenido un exceso de liquidez diario durante los horarios de operación de los mercados financieros. Al hacerlo, el Instituto Central evita que se presenten presiones innecesarias sobre su objetivo operacional de política monetaria, la tasa de fondeo interbancario a plazo de un día, y sobre los costos de financiamiento de corto plazo de los intermediarios financieros. Cabe señalar que dicho exceso de liquidez es esterilizado, en su totalidad, diariamente al cierre de los mercados.


El Banco de México permanecerá vigilante de las condiciones de operación del mercado de dinero en México y aumentará la liquidez durante los horarios de operación en caso de ser necesario. Los detalles del monto de liquidez diario se darán a conocer a las instituciones de crédito a través de los sistemas que administra el Instituto Central.


2. Ampliación de los títulos elegibles para la Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria (FLAO), operaciones de coberturas cambiarias y operaciones de crédito en dólares. Con el objetivo de proporcionar liquidez a instrumentos bursátiles que, derivado de las condiciones de incertidumbre y volatilidad, han visto disminuida su operatividad y liquidez en el mercado secundario, y evitar así una segmentación del mercado de deuda, el Banco de México ha decidido ampliar la gama de títulos de deuda elegibles en los reportos de la FLAO, y de garantías para las operaciones de coberturas cambiarias que se liquidan por diferencias en pesos, así como de las subastas de crédito en dólares.


Esta medida facilita la obtención de recursos líquidos que puedan ser canalizados al otorgamiento de crédito sin debilitar la posición de liquidez de las instituciones de crédito. Los títulos elegibles en moneda nacional deberán contar con calificaciones crediticias iguales o superiores a las equivalentes a “A” en escala nacional, o a las equivalentes a “BB+” en escala global para títulos denominados en moneda extranjera, otorgadas por al menos dos calificadoras en cada caso. La FLAO ofrece liquidez a las instituciones de banca múltiple a través de créditos garantizados o reportos, cuyo costo desde el 1 de abril es de 1.1 veces el objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día del Banco de México.


2 Los detalles finales de estas medidas se darán a conocer próximamente mediante modificaciones a la Circular 8/2009, Circular 3/2017 y Circular 10/2015.


3. Ampliación de contrapartes elegibles para Facilidad de Liquidez Adicional Ordinaria (FLAO). El Banco de México ha decidido ampliar el acceso a la FLAO a las instituciones de banca de desarrollo, con el objetivo de que estas puedan obtener liquidez, a través de créditos garantizados o reportos, con el mismo costo de 1.1 veces el objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día del Banco de México. Al hacerlo, el Banco de México provee una alternativa adicional de liquidez a la banca de desarrollo y coadyuva a que esta pueda canalizar recursos a proyectos productivos en beneficio de nuestro país. Los detalles quedarán establecidos mediante modificaciones a la Circular 10/2015.


4. Ventanilla de reporto de valores gubernamentales a plazo. Con el objetivo de proporcionar liquidez a instituciones financieras tenedoras de deuda gubernamental, el Banco de México ha decidido abrir una ventanilla de adquisición de valores gubernamentales en reporto a plazos mayores que los que regularmente se utilizan en las operaciones de mercado abierto. Esto permitirá que dichas instituciones obtengan liquidez sin necesidad de enajenar sus títulos bajo condiciones de alta volatilidad en los mercados financieros.


El costo del reporto será el equivalente a 1.02 veces el promedio de la tasa de interés interbancaria a un día del Banco de México durante el plazo de la operación. Con esta ventanilla, el Banco de México facilita una intermediación ordenada de valores gubernamentales (Cetes, Bonos M, Udibonos, Bondes D y BPAs), lo que beneficiaría a aquellas instituciones financieras con necesidades de liquidez.


El monto del programa será de hasta 100 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros. Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones. 3 5. Ventanilla de intercambio temporal de garantías.


Con el objetivo de promover un comportamiento ordenado del mercado de deuda en nuestro país, el Banco de México ha decidido instrumentar una facilidad de intercambio de títulos de deuda para proporcionar liquidez a instrumentos bursátiles que, derivado de las condiciones de incertidumbre y volatilidad, hayan visto disminuida su operatividad y liquidez en el mercado secundario. Los títulos elegibles en moneda nacional para esta operación deberán cumplir con los mismos criterios de calidad crediticia que en la FLAO. Bajo esta facilidad, las instituciones elegibles podrán entregar títulos de deuda al Banco de México a cambio de valores gubernamentales, sujeto a la obligación de devolverlos al final del periodo correspondiente. Así, las instituciones financieras participantes podrán contar con valores gubernamentales y acceder a recursos líquidos con mayor prontitud.


El monto del programa será de hasta 100 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros. Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones. 6. Facilidad de Reporto de Títulos Corporativos (FRTC). El Banco de México ha decidido instrumentar una facilidad de reporto de títulos corporativos a instituciones de crédito, con el objetivo de proporcionar liquidez a los certificados bursátiles corporativos de corto plazo y deuda corporativa de largo plazo que, derivado de las condiciones de incertidumbre y volatilidad, han disminuido su operatividad y liquidez en el mercado secundario.


Los títulos elegibles para la operación de reporto serán los emitidos por instituciones no financieras del sector privado con residencia en México, que cumplan con los mismos criterios que en la FLAO. El costo del reporto será el equivalente a 1.10 veces el promedio de la tasa de interés interbancaria a un día del Banco de México durante el plazo de la operación. Al abrir esta facilidad, el Banco de México procura un mejor funcionamiento del mercado de deuda corporativa y facilita la reactivación de un mercado de gran importancia para que las empresas puedan obtener financiamiento.


4 El monto del programa será de hasta 100 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros. Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones.


7. Provisión de recursos a instituciones bancarias para canalizar crédito a micro, pequeñas y medianas empresas y a personas físicas afectadas por la pandemia. Con el objetivo de propiciar un mayor otorgamiento de crédito a las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a las personas físicas afectadas por la pandemia, el Banco de México ha decidido proveer recursos a las instituciones de banca múltiple y de desarrollo para que estas, a su vez, los canalicen a las citadas empresas y personas.


El Banco de México liberará recursos asociados al Depósito de Regulación Monetaria (DRM) o, de ser necesario, proporcionará financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día, a las instituciones de banca múltiple y de desarrollo que financien a las empresas y las personas físicas antes señaladas con recursos adicionales.


El financiamiento estará garantizado con títulos que deberán cumplir los mismos criterios de elegibilidad que en la FLAO. Para cuidar que la originación y la administración de la cartera cumpla con lo establecido, el registro y seguimiento de los créditos asociados a esta facilidad se hará por un banco de desarrollo o institución de fomento, en los mismos términos de otros programas que llevan a cabo dichas instituciones, o bien directamente por el Banco de México.


Estos recursos podrán ser combinados con los programas de garantías que instrumenten la banca de desarrollo y las instituciones de fomento. Con este esquema, el Instituto Central proveerá recursos para fortalecer los canales de crédito en la economía a fin de que este pueda dirigirse a las empresas y hogares que pueden enfrentar reducciones transitorias en sus fuentes de ingreso, en beneficio del empleo y sectores de la población que no tienen acceso a otras fuentes de financiamiento.


El monto del programa será de hasta 250 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros. Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones.


5 8. Facilidad de financiamiento a instituciones de banca múltiple garantizada con créditos a corporativos, para el financiamiento de la micro, pequeña y mediana empresa. Con el objetivo de proveer financiamiento a las instituciones de banca múltiple que recientemente han visto mermada su liquidez, conforme empresas del sector corporativo hacen uso de las líneas de crédito otorgadas por la banca, el Banco de México ha decidido abrir temporalmente una facilidad de financiamiento garantizado con créditos a empresas que emiten deuda bursátil, para que dicho financiamiento se canalice a las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país.


El Banco de México proveerá financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día, garantizado con créditos de empresas cuya calificación crediticia sea igual o superior a “A” en escala local por al menos dos calificadoras. Al igual que en el caso anterior, el registro y seguimiento de los nuevos créditos asociados a esta facilidad se hará a través de un banco de desarrollo o institución de fomento, en los mismos términos de otros programas que llevan a cabo dichas instituciones, o bien directamente por el Banco de México.


Con esta facilidad, el Instituto Central provee recursos para fortalecer los canales de crédito en la economía para que este pueda destinarse a las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país que han visto una reducción transitoria de sus fuentes de ingreso.

El monto del programa será de hasta 100 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros.


Los detalles finales se darán a conocer próximamente mediante la publicación de una circular que normará estas operaciones. 9. Permuta de valores gubernamentales.


Con el objetivo de propiciar un correcto funcionamiento del mercado de deuda gubernamental, el Banco de México llevará a cabo operaciones de permuta de valores gubernamentales, mediante las cuales recibirá títulos de largo plazo (a partir de 10 años) y entregará otros con plazo al vencimiento de hasta 3 años.


En cada convocatoria se determinarán las características y plazos de la permuta. El monto del programa será de hasta 100 mil millones de pesos y podrá ajustarse en atención a las condiciones prevalecientes en los mercados financieros. 6 Los montos y las características de las subastas se darán a conocer en las modificaciones correspondientes a la Circular 8/2014, así como en las convocatorias de las subastas respectivas.


10.Coberturas cambiarias liquidables por diferencia en dólares de Estados Unidos con contrapartes no domiciliadas en el país para poder operar en los horarios en los que los mercados nacionales están cerrados. Considerando las características del peso mexicano como una divisa global, que goza de amplia liquidez y que opera durante las 24 horas del día, el Banco de México, por instrucción de la Comisión de Cambios, y bajo los mismos términos del Programa de Coberturas Cambiarias vigente actualmente, incorporará a sus herramientas de intervención en el mercado cambiario la posibilidad de concertar operaciones de cobertura cambiaria liquidables por diferencias en dólares de los Estados Unidos. Ello a fin de poder operar en los horarios en los que los mercados nacionales están cerrados. Así, estas operaciones se podrán concertar en cualquier momento con instituciones no domiciliadas en el país.


El objetivo de esta herramienta complementaria será procurar condiciones de operación ordenadas en el mercado cambiario peso-dólar, particularmente durante las sesiones de Asia y Europa, cuando así lo determine la Comisión de Cambios. * * * A fin de mantener una adecuada administración de los riesgos en la implementación de estas medidas, el Banco de México continuará aplicando las mejores prácticas para la administración de garantías, determinará los factores de descuento que correspondan para la valuación de los activos que reciba en garantía, así como los mecanismos para asegurar su suficiencia. El Banco de México prevé que las primeras nueve medidas descritas anteriormente estén en vigor hasta el 30 de septiembre de 2020, mientras que la vigencia de la décima medida será determinada por la Comisión de Cambios. El Banco de México se mantiene atento a la evolución de los mercados financieros en nuestro país y evaluará continuamente sus condiciones de operación. En caso de ser necesario, seguirá tomando las acciones que se requieran en ejercicio de sus facultades, en estricto apego al marco legal y en coordinación con otras autoridades financieras.

 

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